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18 Febrero 2015
Antonio Fretes (colorado), con frondosos antecedentes de irregularidades como ministro, fue designado por la plenaria como el nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia. El magistrado reemplazará en el cargo a Raúl Torres Kirmser. El pleno lo designó como presidente, a Luis María Benítez Riera como vicepresidente y a César Garay Zuccolillo como vicepresidente segundo.
ASUNCIÓN.- La cúpula 2015 reemplaza a la anterior que estaba integrada por Raúl Torres Kirmser, como presidente, y Alicia Pucheta de Correa y Gladys Bareiro de Módica, como vicepresidentas.
César Garay Zuccolillo es uno de los ministros que están a las puertas de un juicio político; sin embargo, ahora es elegido vicepresidente segundo.
En junio de 2012 los ministros de la Corte Sindulfo Blanco, Antonio Fretes y Víctor Núñez (ya renunció) fueron salpicados por pedidos de coimas a fin de “solucionar” un litigio para la habilitación del Shopping Corazón, de Ciudad del Este. Los dueños supuestamente pagaron US$ 670.000. Los ministros negaron este hecho y pasaron los antecedentes a la Fiscalía.
Igualmente, una investigación periodista realizada en noviembre del año pasado reveló que el ministro de la Corte Suprema de Justicia Antonio Fretes, actual titular de la Corte y su familia reciben todos los meses millonarias sumas como funcionarios de diversas instituciones. En un mes perciben un total que supera los G. 100 millones.
Tres hijos, la exesposa, una excuñada y dos sobrinas forman parte de la lista de familiares del ministro de la Corte Suprema de Justicia Antonio Fretes que figuran como funcionarios de diversas instituciones públicas. En total, la familia del ministro de la máxima instancia judicial recibe todos los meses G. 142.596.238. Anualmente, la suma sube a G. 1.711.154.856, sin contar los aguinaldos.
El ministro de la Corte Suprema percibe mensualmente una remuneración para nada despreciable de G. 30.856.025, de acuerdo a la nómina oficial del Poder Judicial. El ministro colorado lleva años en el cargo de ministro de la máxima instancia judicial, por lo que se podría decir que gracias a ello probablemente tenga asegurada una vida tranquila cuando deje su puesto, no solo para él sino también para su familia.
Sin embargo, no es el único en la familia que recibe millonarias remuneraciones. Su hijo Pedro Aníbal Fretes Valenzano es funcionario de la Asesoría Jurídica de la Entidad Binacional Yacyretá, donde recibe todos los meses una remuneración total de G. 42.081.557. Asdrubal Antonio Fretes Valenzano, también hijo del ministro, figura a su vez como funcionario del Ministerio Público. Ocupando el cargo de asesor, si bien no se especifica cuáles son funciones, recibe un salario mensual de G. 6.115.000.
La madre de ambos -y exesposa de Fretes- Gladys Estela Valenzano de Fretes figura en la nómina de funcionarios del Ministerio de Hacienda, donde ocupa el cargo de Técnico I, otra vez sin especificar funciones, y en setiembre recibió una remuneración total de G. 8.401.924. Su hermana, Estela Margarita Valenzano González, figura como auditora en la nómina del Poder Judicial con un sueldo de G. 7.827.850.
Amilcar Fretes Escobar, también hijo del ministro, figura como Superintendente de la Itaipú Binacional con una remuneración total de G. 39.840.750.
La lista se cierra con Mirian Carolina y Mirian Elizabeth Patri Valenzano, ambas sobrinas de Fretes, que ocupan cargos en el Poder Judicial y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, respectivamente. La primera figura como técnica administrativa, con un sueldo de G. 4.581.235; en cuanto a su hermana, la cartera estatal no brinda mayores detalles sobre cargo o funciones, pero sí señala que percibe mensualmente un total de G. 2.171.897.

FUE DENUNCIADO POR PERCIBIR ILEGALMENTE DOS SALARIOS ESTATALES

Los abogados Miguel Ángel Pangrazio y Jorge Darío Cristaldo presentaron en enero de 2009 una formal denuncia contra el ministro de la Corte Suprema de Justicia Dr. Antonio Fretes por desempeñarse en 2 cargos públicos.
El ministro de la Corte Suprema de Justicia recibe doble remuneración, prohibida por el artículo 105 de la Constitución, según los conocidos juristas de nuestro medio, quienes radicaron su denuncia ante la Contraloría General de la República.
Ante la Defensoría del Pueblo lo denunciaron por violar el artículo 16 de la Constitución, por el cual se garantiza a los ciudadanos a ser juzgados por tribunales y jueces competentes.
Fretes percibe salario público como miembro de la Corte Suprema de Justicia y como vicedecano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional, señala la denuncia.
El artículo 105 establece: Ninguna persona podrá percibir como funcionario o empleado público más de un sueldo o remuneración simultáneamente, con excepción de los que provengan del ejercicio de la docencia.
Aclara el escrito de denuncia que el Instituto de Derecho Público de la Universidad Nacional ha dictaminado que los cargos de decano y vicedecano corresponden a funciones administrativas y no académicas o docentes.
Sin embargo, el Dr. Antonio Fretes ejerce simultáneamente ambos cargos y funciones en el sector público en el horario de 7:00 a 13:00, enfatizaron los abogados Pangrazio y Cristaldo.
Por el ejercicio de cada uno de esos cargos el Dr. Fretes percibe una remuneración fija del Estado, a pesar de la prohibición expresa del artículo 105 constitucional, reiteraron.
En el escrito, agregaron lo señalado por el artículo 254:“ Los magistrados no pueden ejercer mientras duren en sus funciones otro cargo público o privado, remunerado o no, salvo la docencia o la investigación científica, a tiempo parcial. Tampoco pueden desempeñar cargos en organismos oficiales.
Explicaron en ese sentido que la UNA es una entidad estatal descentralizada, y el cargo de vicedecano está previsto en la estructura orgánica y funcional de esa entidad oficial. “Siendo así, un ministro de la Corte no puede ejercer ningún otro cargo cualquiera fuera este, remarcaron los denunciantes.
La tarea de vicedecano es una actividad administrativa, no docente, resaltaron Pangrazio y Cristaldo.
La contravención de esta norma constitucional por el Dr. Fretes configura el delito de usurpación de funciones, previsto y penado en el artículo 241 del Código Penal, señalaron.
http://www.adndigital.com.py/index.php/impreso/politica-impreso/1569-vergonzosa-eleccion-del-nuevo-titular-de-la-corte